Proceso simplificado de mediación electrónica

Hace unos días os traje medios alternativos para poder solucionar conflictos sin tener que acudir a  la vía judicial, hoy les dejo información de un método mas simplificado, se trata del procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos.
La mediación electrónica deberá hacerse respetando los mismos principios fundamentales que la mediación tradicional, a saber: voluntariedad, eficiencia, confidencialidad, transparencia, autonomía decisoria, flexibilidad e imparcialidad.

1-Características 

  • Duración máxima de un mes salvo pacto entre partes
  • Se realiza por medios electrónicos pues las partes introducen su información en  formularios.
  • La negociación es realizada en todo momento asistidos por un sistema electrónico de mediación, todo esto se realiza mediante un algoritmo de inteligencia artificial 
  • Cuando las partes están conformes se genera un acuerdo de mediación
  • Se puede abandonar en cualquier momento si consideran que el proceso no le esta siendo de ayuda, pudiendo solicitar un mediador.
Este último punto es el que más me llama la atención personalmente, ¿ hasta que punto programa puede sustituir a una persona para mediar entre dos intereses contrapuestos?, en general este programa se usara como apoyo al mediador, aparte que solo pueden usarse en casos que no se superen los 600 euros.

Este proceso es sumamente útil para reclamación de cantidades, pues el programa genera diferente opciones  y la otra parte puede o no aceptarla.

2-¿Cómo hacerla?

Este procedimiento se puede realizar de dos maneras principalmente las cuales son:
  1. Asincrónica: es decir sin presencia espacio-tiempo de las partes( se puede realizar por chat  en foro, email)
  2. Sincrónica: coinciden ambas partes en un mismo espacio, video-conferencia, skype.
3-¿ Qué es necesario?
  1. Modelo asincrónico: pc  e internet
  2. Modelo sincrónico: ordenador, web cam, auriculares, Internet, en este punto es muy importante que el bando de ancha sea alto, pues la conexión no  puede sufrir cortes y debe ir fluida para mantener dialogo. 
  3. Debemos de darnos de alta en la agencia española de protección de datos
4-¿ Cómo firmamos?

La firma que se puede utilizar sería la clicwrap,  para garantizar una mayor garantía y seguridad con este método de firma dependerá sobre todo del modo de autentificarnos .


5-¿Cómo llevarlo a escritura pública lo acordado?

Se deberá acudir al notario con todos los documentos de la mediación( acuerdos tomados, informes mediador, informe condiciones técnicas,actos de apertura...)

No obstante en las sesiones sincrónicas se podrá grabar las sesión con consentimiento del mediante, lo cual puede servir como resguardo.


AL Abogados

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